Si esto fuese una novela yo nunca la comenzaría frente
al pelotón de fusilamiento de Macondo, sino mucho antes, y más cerca, en la
habitación silenciosa del hotel Cervantes de Linares donde Manolete
plácidamente se vestía de luces en una tarde de 29 de agosto.
En 1947 el miura se llamaba Islero, en 2019, su
fisionomía ha cambiado y se llama «el procés». Dos figuras contradictorias tensionan
la plaza. De un lado el estallido de ira protagonizado el pasado martes 26/02 por
Girauta en el Congreso (1) tensiona
las gradas, y de otro, en la arena del coso, la parsimoniosa coreografía
judicial descompone realidades en «bits» de percepciones que luego reorganizados
por las convicciones de los siete magistrados del Tribunal Supremo retornarán
al público bajo la forma de «hechos jurídicos» que señalarán la culpa y
ajusticiarán a los reos.
En las gradas se dibuja el fracaso de un sistema
político que no solo no ha conseguido superar la secular historia de trincheras
y parroquias, sino que ahora parece querer refundarlas con grandes dosis de odio
e ira. La democracia española está a punto de pasar su primer sarampión del
odio. Si logra atemperarlo se podrán afrontar dinámicas de progreso y
emancipación restaurando los principios de la ilustración y la meritocracia.
Caso contrario continuaremos en la senda del reparto y la crispación donde el
imperio de las voluntades seguirá dominando la lógica pública.
En la arena del coso lo que está en juego es algo
mucho más grave; siete magistrados del Tribunal Supremo juzgan «la realidad» de un supuesto ficticio «la rebelión». Es decir; siete
magistrados van a determinar si lo que todos hemos visto y vivido son «hechos
reales extramentales» o «percepciones emocionales subjetivas»
El
imperio de la voluntad en la atribución de significados
Por primera vez en la historia de España la fuerte
influencia del art. 317 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1855, implícito
hoy en el art. 218 de la vigente LEC, va quedar en evidencia pública. Las
viejas reglas decimonónicas de la sana crítica que tanto han constreñido la
realidad social española van a jugar un papel determinante en la resolución
judicial toda vez en que se configura en la clave ortodoxa que codifica
jurídicamente los hechos reales en hechos jurídicos.
Recientemente el magistrado del TSJA de Granada Miguel
Pasquau,(2) de filiación
jesuita, enmarcaba magistralmente la situación (MP-II): «los hechos son los que son, pero
pueden mirarse de manera diferente». Seguidamente matiza (MP-II): «Es posible que la controversia sobre
el juicio de hecho, es decir, sobre “lo
que pasó” sea menos importante que la controversia sobre el juicio de
derecho, es decir, sobre “lo que
significó”, y sobre qué nombre (jurídico) ponerle a lo que pasó. Finalmente,
Pasquau aclara que el juicio de derecho no es ninguna constatación, sino un
ejercicio de valoración (MP II); «La
decisión sobre esto último (lo que significó), no consistirá en una constatación, sino en una valoración…»
Pero ¿qué pasó; una votación o un alzamiento violento?
Y ¿qué significó una votación no violenta? Sin embargo, mientras “lo
que pasó” se registra en el mundo de la experiencia real sometida a una
causalidad contrastable, “lo que significó”, se registra únicamente en el mundo de
las ideas de quien otorga y reparte significados toda vez que no existe un
significado objetivo, sino que lo que significa lo hace en referencia al
sistema de valores que le otorga el significado. Cuando cambia el sistema de
referencia (caso Puigdemond y el
tribunal de Schleswig-Holstein), decae, entonces, el significado.
El perverso tutelaje judicial de la realidad
española: El Estado resquebrajado.
Si la realidad no conforma una experiencia objetiva
sólida, no es posible fundamentar ningún sentido común de consenso mínimo en
una sociedad. De esta forma se hace oficial el abismo que resquebraja el
derecho a una realidad común por cuanto lo que ve un catalán independentista resulta
radicalmente opuesto a lo que percibe un nacionalista de Vox. Un Estado que se
asienta en una realidad resquebrajada no aspira a un futuro sólido.
Pasquau califica esta
divergencia radical bajo el concepto de inspiración neokantiana de (MP-VI); «sensación de hechos notorios», para
seguidamente asegurar que; «… es muy
probable que lo que “todos sabemos” que ocurrió sea, justamente, más un relato que una realidad.»
En España no existe la realidad extrajudicial más que
en la categoría de «supuesto». Así pues,
una manifestación pacifica no es una manifestación por cuanto puede ser una «barrera humana», un «alzamiento violento», una «resistencia activa organizada», la «fuerza de las multitudes», un «arma de presión popula» o una
invocación pública a que Cataluña sea invadida por los extraterrestres. Lo
relevante es que ningún manifestante tiene derecho de percepción alguna sobre
sus actos, y da igual que piense que estuvo en una manifestación pacífica, si
un juez determina que estuvo en un alzamiento violento.
Ni tan siquiera es relevante que el ciudadano muestre
su cabeza ensangrentada, o que una bala de goma le haya vaciado el ojo, toda
vez que como dice Pasquau (MP-VI); «…el
alzamiento violento que describe (la acusación), no consiste tanto en cada uno de los hechos aislados, sino en
la operación en su conjunto, dispuesta para conseguir lo que por las
vías normales no era alcanzable.»
En ausencia de un fuerte consenso social sobre la
realidad objetiva toda realidad es un relato que necesita del tutelaje judicial
para dirimir la «verosimilitud» de
las distintas aportaciones literarias en litigio. El mismo Paquau lo enuncia de
esta forma (MP-VI): «Hay muchísimas
hipótesis verosímiles y coherentes que sin embargo no pueden considerarse constatadas.»
(3)
¿Qué es «constatada»?
Una hipótesis verosímil y coherente es una conjetura que sólo puede ser
verificada mediante su resistencia a la falsación mediante confrontación (test)
contra la realidad extramental. Las conjeturas pertenecen al mundo de las ideas
con lo que la constatación de una conjetura tan sólo señala hacia otra figura
mental consistente en su validación por conveniencia «política».
El
espectáculo de los relatos combatientes Rajoy versus Urkullu, Zoido el ministro
palangana y el preformance art de Soraya.
Sin consenso sobre lo real, mentir es todo un arte del
florete retorico. En derecho no miente quien quiere, sino quien puede puesto
que todo relato transita por la ficción de la verosimilitud y decanta verdad en
las convicciones del Tribunal. Así no parece verosímil que Rajoy y Santamaría
hayan coordinado sus comparecencias por muy verosímil que pueda ser esta
percepción.
Lo mismo que sucede con la sensación de que el relato
de Urkullu contradice de plano al relato de Rajoy o que el inverosímil relato
de palangana del ministro Zodio, responsable de Interior, se corona con la desproporción
del «ojo por valla» frente a la violencia de los votantes.
Sin embargo, lo más espectacular son las
verosimilitudes algebraicas del gobierno, pues el relato de Santamaría rebela la
verosimilitud inefectiva de las matemáticas policiales que destinan 6.000 agentes
a la orden judicial de cerrar 2.200 colegios electorales, a razón de 2,7
agentes por colegio. ¿Denota esto una operación policial seria o, por el
contrario, nos encontramos frente a una preformance art? ¿Cual es el hecho jurídico?
Cualquier racionalista de bachillerato percibe que la
proporción matemática, a pie de colegio electoral, de una media de 2,7 policías
reglamentariamente armados frente a cientos, o miles, de votantes es fuente de
argumento para todo tipo de relato a la carta. Sin embargo, la racionalidad de
la actuación policial se resquebraja toda vez que el propio diseño de la
operación policial la convierte en el factor objetivo desencadenante de tensión.
Kant
y la caverna platónica de las convicciones judiciales españolas
¿Podemos confiar en las señales de streaming que nos suministra
el Tribunal Supremo sobe los interrogatorios del procés para formar criterio
sobre la realidad de la que formamos parte? Si el lector no es uno de los siete
magníficos de la Sala su capacidad para saber en qué realidad vive se ve drásticamente
mermada por el Poder Judicial español.
Es, cuanto menos, la moraleja con la que el propio
juez del TSJA de Granada concluye dramáticamente el último artículo de su serie
diciendo (MP-VIII); «una mañana los
magistrados firmarán la sentencia, y se comunicará a las partes y a los medios
de comunicación. Y entonces sabremos qué
somos y cómo somos.»
¿Existe la realidad objetiva en España? La respuesta
oficial es «no», y el propio juicio del procés lo está aireando claramente por
las pantallas de toda España. Técnicamente hablando el magistrado del TSJA lo
explicita claramente en MP-VI; el pueblo español tan sólo maneja relatos sobre sensaciones de hechos notorios.
Al no existir consenso alguno sobre lo real, no existe
sentido común alguno y la percepción ciudadana no tiene capacidad legal para
distinguir verdad de falsedad. Como mucho el sentido común se restringe a los
comunes de cada parroquia y, así, la lógica de Rajoy difiere radicalmente de la
lógica de Pablo Iglesias, y Zodio entiende perfectamente lógico, y natural, que
un policía vacíe el ojo de un votante que tire al suelo una valla.
En el relato de Zoido hay dos hechos notorios incontestables:
un disparo y la caída de una valla. Pero ¿qué pasó?
Según las reglas decimonónicas de la sana crítica, la
tradición Kantiana distingue un elemento objetivo (la pérdida del ojo) y otro
subjetivo (el lanzamiento de la
valla) como contenido del conocimiento (la resistencia
activa organizada, o rebelión),
por cuanto hay una inseparable relación entre el dato objetivo (Rebelión) y el sujeto que experimenta o
pone en práctica el conocimiento (Zoido).
Es por ello que los kantianos interpretan que el dato
objetivo (la realidad) que llega a nuestro conocimiento –lo que aprendemos/vemos
por nosotros mismos–, sufre las modificaciones que imponen nuestros propios
principios y convicciones (los de VOX ven rebeldes en actitud de asalto, los
del PP insurgentes anticonstitucionales, etc. Nadie verá a la pobre anciana
apaleada como una anciana que solo quería votar...). Recordemos en este punto
la sentencia del caso de La Manada y comprenderemos fácilmente las dramáticas monstruosidades
distópicas que este sistema de valoración de la realidad puede engendrar.
El
Estado de Conveniencia y el imperio de la voluntad judicial
En el caos, la convicción es el privilegio de El
Poder. El lector puede tener las convicciones más sólidas de la humanidad, pero
si no es juez, no tiene nada. Y en ausencia de un sentido común compartido –una
lógica básica consuetudinaria–, la convicción del juez es El Principe «secreto» que rige, y dirige, nuestra
realidad muy por encima del ideario demócrata. Desgraciadamente nuestro
Principe sigue siendo el «atado y bien atado» del testamento del dictador.
Lo relevante aquí es que esta «convicción mentalista» cuenta con un fuerte componente de
voluntad. El juez del TSJA lo dice muy claramente en su último artículo (MP-VIII):
«En el momento de la deliberación (que
puede durar minutos o semanas) los
argumentos son más fuertes que el voluntarismo, y quien sostenga una posición,
pero no sepa dar razones mejores que las que se le objetan, lo pasará mal; en
el momento de la votación, sin embargo, ya no hay que explicar nada: ya sólo cuentan las voluntades.»
Nótese la profunda falacia del juez Pasquau cuando
afirma que «los argumentos son más fuertes que el voluntarismo», toda vez
que no existe el argumento infuso y
todo argumento es expresión pura de la voluntad del sujeto que lo esgrime, por
cuanto es una elección retórica.
Consecuentemente Pasquau afirma el oxímoron irracional
de que la elección argumental es más fuerte que la voluntad que la elige… Lo
que en términos racionales expresa el imperio de la voluntad privilegiada del
Poder Judicial español.
El exacerbado culto de los jueces españoles al poder
de la convicción no solo constituye una clamorosa impostura lógica en el
occidente del siglo XXI, sino que además es una rémora teológica de siglo XVII
donde la sana crítica se conforma en Francia como un movimiento católico contra
el racionalismo protestante que mediante la ilustración focalizaba la verdad
sobre la realidad objetiva extramental, mientras que la convicción íntima del catolicismo
apunta hacia la verdad dada por el Dios todo creador.
Lo que Pasquau parece no observar es que, cuanto menos,
desde 1936 la ciudadanía española se levanta todos los días sabiendo qué somos
y como somos según nos dice el Poder Judicial Español, sólo que cada día se levanta
más cabreada, y se siente más disconforme con la situación de caos reinante en
una caverna institucional (El Estado); oscura, arbitraria, irracional y llena
de pillabichos.
El
choque de realidades y el fin de la sana crítica
La gran relevancia histórica del procés es el
enfrentamiento de tres realidades contradictorias; De un lado la realidad que
defiende el Estado español, sus constitucionalistas y nacionalistas acólitos y
la acusación. De otro nos encontramos con la realidad que defienden las
defensas, y los casi dos millones aproximados de independentistas catalanes y
simpatizantes. Y en el tercer vértice nos encontramos con aquella realidad que
defienden todos aquellos españoles que no se alinean bajo ninguna tesis
nacionalista.
En principio parece que el Tribunal Supremo está
juzgando a unos reos del independentismo catalán, pero la señal de streaming sugiere
otra cosa que resulta difícil de precisar en estos momentos.
Curiosamente nuestro meritado magistrado, profesor y
novelista de Jaén Miguel Pasquau nos asegura para nuestra tranquilidad (MP-II)
que «Las sentencias no caen del cielo,
sino que brotan del juicio: de una competencia
entre argumentos en un escenario privilegiado de garantías.» Pero visto
lo visto por streaming pocos dudan en la debilidad manifiesta de los argumentos
de la acusación, y el sentido del juicio cada vez escora más hacia la eclosión
de los propios valores que sostienen al Poder Judicial.
¿Qué se juzga en el Procés? Pasquau habla tímidamente en
su primer artículo MP-I de «autoretrato»
y vaticina oracularmente: «No saldremos
de él igual que entramos: saldremos con fosos más hondos o con explanadas más
amplias alrededor del castillo constitucional.»
En mi opinión el «castillo
constitucional» lleva ya años en progresiva ruina, y el procés puede fácilmente
ser su derrumbe. Todo apunta que tan sólo hay que sacar la silla a la puerta de la casa para ver los escombros pasar.
©
PACO MUÑOZ 190301
1.- Ver https://www.20minutos.es/noticia/3574075/0/girauta-congreso-independentistas-pintura-toledo/
2.- Recientemente el magistrado del TSJA Miguel
Pasquau ha publicado en CTXT una interesante serie de artículos que tratan de
explicar el interrogatorio del Tribunal Supremo desde un punto de vista jurídico.
La serie agrupa un total de 8 artículos, de los que aquí se destacan el MP-VI y
MP-VIII.
Ver art. MP-I en https://ctxt.es/es/20190206/Firmas/24352/Miguel-Pasquau-tribuna-Las-claves-del-juicio-al-1-O-proces-Catalunya-politica.htm
Ver art. MP-II en https://ctxt.es/es/20190213/Firmas/24409/Miguel-Pasquau-claves-del-juicio-1-0-objetivo-politico-condiciones-jueces.htm
Ver art. MP-VI en https://ctxt.es/es/20190220/Firmas/24583/juicio-al-proces-hechos-de-cargo-acusacion-defensas-miguel-pasquau.htm)
Ver art.MP-VIII en https://ctxt.es/es/20190227/Firmas/24665/Miguel-Pasquau-Liano-sentencia-recursos-TEDH.htm)
3.- Nótese aquí la sutileza retórica de Pasquau por
cuanto en MP-II afirma que La decisión
sobre esto último (lo que significó),
no consistirá en una constatación, sino en una valoración…», mientras que en MP-III afirma contradictoriamente
que; «Hay muchísimas hipótesis
verosímiles y coherentes que sin embargo no pueden considerarse constatadas.» Es
decir; que mientras que “lo que significó”, no es
objeto de constatación, sino materia de valoración, la conjetura verosímil y
coherente no puede ser objeto ni de valoración, ni de constatación.
En este sentido la hipótesis de «la muralla humana», o la tesis de Zoido de «la resistencia activa
organizada» son conjeturas que no pueden considerarse constatadas pero si
pueden refutarse mediante falsación. Los términos «valoración» y «constatación»
no sólo son ambiguos, sino que esconden la componente de «voluntad» que los hace irracionales en un análisis científico de
lo real.
No hay comentarios:
Publicar un comentario